¿Cómo ha cambiado el Derecho Procesal con la virtualidad? Sobre este tema y la importancia de contar con más recursos humanos, técnicos y económicos para atender la carga procesal, habla la doctora Karla Vilela.
Por Dirección de Comunicación. 20 junio, 2023. Publicado en el diario El Tiempo, el 17 de junio del 2023.La doctora Karla Vilela Carbajal, profesora de la Facultad de Derecho de la Universidad de Piura, es miembro de la recién elegida Junta Directiva del Instituto Iberoamericano de Derecho Procesal. La elección se realizó durante las XXVII Jornadas Iberoamericanas de Derecho Procesal, desarrolladas en mayo en Porto Alegre (Brasil).
¿La virtualidad ha generado cambios en el Derecho Procesal?
El Derecho Procesal debe de ir al ritmo del cambio de la sociedad, porque el Derecho, finalmente, regula la sociedad y, con la pandemia, también el Derecho procesal ha sufrido cambios. Por ello, las jornadas realizadas en Brasil han sido importantes para ver qué cambios se han originado y cuál será el nuevo rumbo que tendrá que adoptar esta disciplina y que está haciendo ya, como el uso de la virtualidad y de las nuevas tecnologías.
¿Se ha visto también el desarrollo de la inteligencia artificial (IA)?
Sí; precisamente uno de los temas tratados fue el uso de la IA en el ámbito del Derecho Procesal. Incluso, hay sentencias en las que se están utilizando sistemas de IA; entonces, era necesario reunirnos y escucharnos entre los académicos de distintos países.
Hay voces llenas de esperanza frente a un cambio que va a ser auspicioso; y hay quienes han hablado ya de la desaparición de puestos de trabajo. Yo pienso que cualquier herramienta, como la IA, si se le da un uso adecuado es buena, pues nos brinda ventajas y ayudará al desarrollo del proceso.
¿Cuánto cambió el Derecho Procesal durante la pandemia?
En el Perú, la mayoría visualiza un proceso judicial lleno de escritos; sin embargo, esto cambió con la virtualidad. Los documentos se ingresaban a mesas virtuales instauradas por el Poder Judicial. Las audiencias ya no eran físicas, sino a través Google Meets.
Hubo jueces mucho más conscientes de los cambios que hacían falta y adaptaron o flexibilizaron las formalidades del proceso al tema que urgía en ese momento. Por ejemplo, un caso muy importante en el Perú fue el acceso a las camas UCI de personas mayores de 60, 70 u 80 años, a quienes se les negaba acceder a estas. Hubo jueces que dictaron medidas cautelares, solicitadas en una audiencia virtual.
¿Cómo se hacía esto?
El juez citaba a las partes a una audiencia virtual; algo no previsto en ninguna norma. En esa única audiencia, admitió a trámite la demanda, lo que normalmente se hace por escrito; y, permitió que las partes presenten una medida cautelar en medio de la audiencia, cuando normalmente se hace por escrito.
El juez resolvió esta medida, concediendo que la persona de 84 años ingresara a cuidados intensivos. La virtualidad permitió que esto se haga rápidamente, por la necesidad o el bien jurídico tutelado que estaba en juego. No se podía esperar el tiempo normal que dura un proceso en la tramitación de este tipo de situaciones; que puede durar un mes.
Esta flexibilización de las formalidades de un proceso, se logró gracias a la virtualidad, sin vulnerar el debido proceso. El juez decidió rápidamente y, sobre todo, hizo justicia, porque evaluó las circunstancias del caso y la realidad.
¿Qué remarcó esta sentencia?
Reguló lo que todo el mundo sabe, que no hay una vida que valga más que otra; una persona de 50 años o menos no vale más que una de 84. Hubo muy pocos casos que llegaron a ser judicializados; pero, los pocos como éste, encontraron a jueces que actuaron con justicia. Creo que todos hemos conocido a más de una persona a quien se le negó el acceso a una cama, y que se decía que se “estaba aplicando el protocolo de medicina de guerra”.
Un protocolo es un acto administrativo de un hospital y de alguna institución médica, pero no es un reglamento. Queda claro que ningún protocolo puede ir en contra de la Constitución y esta garantiza la igualdad de todos. No hay médico ni hospital ni clínica que pueda determinar que una vida valga más que otra. El derecho procesal puso su granito de arena para garantizar la igualdad.
Estos cambios, ¿han llegado para quedarse?
Sí; por ejemplo, las audiencias virtuales. Una vez que terminó el tema del trabajo remoto, el Poder Judicial sacó una resolución que ordena que las audiencias sean presenciales; sin embargo, los abogados protestaron, pidiendo que siguieran siendo virtuales; y así sucede hasta hoy.
Así, hay otros muchos cambios que han llegado para quedarse y está bien, porque, si las cosas funcionaron bien, ¿por qué cambiarlas? Por otra parte, se puede hacer mucho con la IA, incluso solucionar conflictos; sería como contar con una opinión extra, con un criterio adicional que te diría cómo solucionar el problema.
¿Y también alcanza jurisprudencia?
Por ejemplo, uno de los usos que se están resaltando del uso de la IA es la posibilidad que tienen estas aplicaciones de dar al juez un resumen de los hechos. A veces, un juez tiene una carga procesal de aproximadamente 6000 expedientes; es entendible que no se acuerde el detalle o que incluso pueda llegar a confundir y mezcle los hechos de un caso con los de otro. Entonces, es de gran ayuda tener la posibilidad de resumir un promedio de 400 o 500 folios.
Definitivamente, la Inteligencia artificial ayudará a organizar el despacho, a tener el control de todos los plazos que van a vencer, de cuándo toca realizar cierto acto procesal o cuándo vence determinada presentación de un escrito, etc.
Y, ¿habría algún impacto negativo?
El temor es que la IA artificial reemplace por completo el criterio jurisdiccional o el criterio del juez. Particularmente, creo que este riesgo no existe, si estas herramientas se convierten en un apoyo, no en sustituto. Finalmente, es la inteligencia humana la que alimenta las IA. Funcionan bien como un punto de partida.
Otro de los riesgos es el uso del secretismo, ya que las IA se programan en base a algoritmos y fórmulas que no son conocidas por todos; ni los jueces podrán entender cómo se llenaron esos algoritmos porque, finalmente, son temas informáticos, de ingenieros y no de abogados. Este “secretismo”, el no saber cómo se originaron esas conclusiones, finalmente, deja ese velo de inseguridad de si la decisión tomada fue justa o no. Considero que la decisión humana es irremplazable.
¿El Derecho procesal en el Perú se va adaptando a los cambios o estamos en la zaga?
En Latinoamérica, Perú fue uno de los primeros países que se adaptó a los cambios, desde 1993, cuando se da el código vigente, uno de los primeros adaptado a un cambio trascendental dentro del Derecho procesal: considerarlo como una ciencia autónoma dentro del Derecho, porque antes era parte del Derecho civil. Chile, lo hizo recién el 2005.
Sin embargo, en 30 años, el Derecho Procesal y la sociedad han cambiado muchísimo. Ahora se está logrando incluir la oralización del proceso civil (el proceso penal y el laboral ya son orales), que sigue siendo formalmente escrito.
Lamentablemente, no se están logrando los resultados positivos que tuvo el proceso penal, por una falta de presupuesto; de equipo humano, y, de tecnología (cámaras, televisores, equipos de audio, personal audiovisual). Es ridículo que el juez grabe con su celular y se le vaya la conexión.
Hay mucho por hacer, todavía, se requiere de algo más que un cambio de nombre.